EL EPICENTRO DE LA NOTICIA
Ciudad de México. (7 de octubre 2026) La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio revés al Instituto Nacional Electoral (INE) en las llamadas “boletas planchadas”; determinó que dichas boletas sin marcas de doblez, no deberán contabilizarse como parte de la votación cuando se acredite esta condición.
«Una ‘boleta planchada’, o sin marcas de doblez, impide vincular la boleta con un sufragio emitido», determinó por unanimidad la Sala Superior del TEPJF.
Por medio de un comunicado, la Sala Superior informó que ordenó revocar los lineamientos del INE para la Preparación y Desarrollo de los Cómputos Electorales para el proceso 2026-2027 en los que se incluyen las llamadas “boletas planchadas”.
El falló de la Sala Superior del TEPJF establece la orden para el INE de que cuando se acredite la existencia de boletas sin las marcas de doblez, estas no deberán contarse como parte de la votación y se conservarán separadas de las que integren la votación computada.