*El fiscal de Morelos cuenta con fuero constitucional y no puede ser procesado.
*Insiste Segob que existen elementos para señalar la actuación «por demás sospechosa» del funcionario.
México. (14 de julio). – Presidencia de la República reprobó el fallo de la Primera Sala de la SCJN que resolvió ayer -por mayoría de votos- que el fiscal de Morelos, Uriel Carmona Gándara cuenta con fuero constitucional y no puede ser procesado por la presunta comisión de delitos federales.
“Existen elementos suficientes para señalar la falta de probidad y la actuación por demás sospechosa del fiscal de Morelos durante el tiempo que ha permanecido en su cargo, lo que ha generado un ambiente de impunidad y desgobierno en esa entidad”, consideró.
En un comunicado, Presidencia aclaró que como la propia SCJN reconoce en su resolución, el fuero constitucional del fiscal de Morelos solo es aplicable para el caso de delitos federales, y no así de delitos del fuero común, como es el caso de las carpetas de investigación atraídas por la FGR por la posible comisión de delitos contra la procuración y administración de justicia.
Recordó que la Constitución de Morelos dispone -artículo 136- que para proceder penalmente en contra del fiscal general del estado, no se requiere que el Congreso local emita un pronunciamiento al respecto.
“Por lo que la FGR tiene facultades de investigar y perseguir delitos del fuero común en contra del fiscal de Morelos, quien no puede escudarse en el fuero constitucional para estos casos, como tampoco puede el juez de control ignorar su obligación de proceder conforme a derecho”.
En diciembre de 2020, la FGR promovió una solicitud de declaración de procedencia en contra de Uriel Carmona por presuntamente no contar con la evaluación de control de confianza al asumir el cargo.